Regíster

Gobierno de la Hermandad

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Imagen de la asamblea General 2013 y Entrega de Medallas

Órganos de Gobierno

La Hermandad está regida, en todos sus aspectos funcionales, por la Asamblea General y por la Junta Directiva. Estos órganos son fundamentales para el correcto funcionamiento y la toma de decisiones dentro de la organización, asegurando que las acciones y proyectos se realicen de manera coordinada y eficiente.

Funciones según los estatutos vigentes

Ambos órganos desarrollan sus funciones en los términos que establecen los Estatutos vigentes, los cuales proporcionan el marco legal y organizativo necesario.

Estos estatutos definen las responsabilidades, competencias y procedimientos que garantizan la transparencia, la democracia interna y el compromiso con los valores de la Hermandad.

Asamblea General

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y representa la máxima autoridad en la toma de decisiones. Está constituida por la totalidad de los socios de número, quienes tienen el derecho de voz y voto en los asuntos que competen a la organización.

Las decisiones en la Asamblea se adoptan bajo el principio mayoritario o de democracia interna, asegurando que las resoluciones reflejen la voluntad colectiva de los miembros.

Principio de democracia interna

La Asamblea General debe reunirse al menos una vez al año en sesión ordinaria. Durante estas reuniones, se abordan temas esenciales como la aprobación de las cuentas anuales, el presupuesto para el siguiente ejercicio, la planificación de actividades y cualquier otro asunto de relevancia para la Asociación.

Imagen sobre la asamblea general ordinaria

 La Junta Directiva

  • 1. La Junta directiva, es el órgano de gestión y representación de la Hermandad y será elegida en Asamblea general ordinaria. Sus miembros responderán ante la Asamblea general, ante los asociados y ante terceros por los daños causados y las deudas contraídas por actos dolosos, culposos o negligentes. 
  • 2. Estará constituida por un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Vicesecretario, un Tesorero, un Vicetesorero, un Interventor-Contador y otros cuatro Vocales titulares; la elección de los cuatro Vocales suplentes solo dará derecho a su integración en la Junta directiva, en defecto de cualquier titular. 
  • 3. La duración de los mandatos será de cuatro años, pudiendo ser reelegidos. 
  • 4. El nombramiento recaerá necesariamente en asociados de número, no incursos en motivos de incompatibilidad establecidos en la Legislación vigente, y antes de tomar posesión deberán manifestar su aceptación para el cargo.